 |
 |
Convalidación de Licencias |
|
Según Resolución Exenta N° 657 del 30 de mayo de 2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones se aprobó “Reglamento de convalidación de módulos y/o contenidos temáticos de cursos impartidos por las Escuelas de Conductores Profesionales, lo que permite optar a una segunda Licencia sin repetir materias ya cursadas. (SIN REALIZAR OTRO CURSO)
PARA TODOS AQUELLOS CONDUCTORES PROFESIONALES QUE QUIERAN O NECESITEN SUBIR DE CATEGORIA EN EL TIPO DE LICENCIA QUE POSEE.
LA NOMENCLATURA SÓLO PUEDE SER:
DE LA LICENCIA A-2 POSTULAR (CONVALIDAR) A LA LICENCIA A-3
DE LA LICENCIA A-3 POSTULAR (CONVALIDAR) A LA LICENCIA A-4
DE LA LICENCIA A-4 POSTULAR (CONVALIDAR) A LA LICENCIA A-5
(Para esta Convalidación se requiere un modulo de 20 horas)
Requisitos
Fotocopia de la Cédula de Identidad
Fotocopia de la Licencia de Conductor Profesional vigente (Ley 19.495) por un mínimo de dos años.
Certificado de Hoja de Vida del Conductor del Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados, otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación
Certificado proporcionado por la escuela de origen que incluya la información sobre el curso realizado,la asistencia del alumno a clases y la correspondiente evaluación de los respectivos módulos o unidades temáticas.
Solicitar la convalidación en un plazo no superior a los tres años y no inferior a 2 años contado desde la fecha de emisión del certificado de aprobación de la Licencia de Conducir.
Fotocopia Certificado de la Escuela de origen de acuerdo a Resolución Exenta N° 657 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. |
|
|
|
|
|